La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió la demanda que busca anular el Decreto por medio del cual el Gobierno Nacional había convocado a una consulta popular. En su decisión, el alto tribunal determinó que se trata de un acto de contenido electoral que requiere el cumplimiento de requisitos constitucionales y legales.
Como medida cautelar urgente, el Consejo de Estado suspendió los efectos jurídicos del decreto, al considerar que fue expedido sin contar con el concepto previo favorable del Senado de la República, como lo establece el artículo 104 de la Constitución. Según el pronunciamiento, “previo a convocar al pueblo a una decisión de trascendencia nacional, se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe”.
La demanda fue aceptada al tratarse de un acto electoral emitido por una autoridad nacional. Esta decisión representa un nuevo capítulo en el debate jurídico y político alrededor de la consulta popular impulsada por el presidente Gustavo Petro.
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